Antitrust/Competition: Cartels & Abuse
Acuerdos de Entidades Promotoras de Salud (EPS) – ¿Valdrá la pena?
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Mediante la Resolución 35379 de 2025, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) autorizó a nueve EPS intervenidas por el gobierno para celebrar un acuerdo que les permita comprar conjunta y directamente medicamentos—o, más exactamente, tecnologías en salud—(parágrafo, art. 1 de la Ley 155 de 1959) ¿valdrá la pena esta excepción?
El régimen de salud en Colombia está en una crisis que se refleja en distintos aspectos. Uno de ellos tiene que ver con la provisión de medicamentos. Según la resolución, los medicamentos no se están dispensando oportunamente. Y, adicionalmente, algunos expertos aseguran que los gestores farmacéuticos que intermedian entre laboratorios y las EPS, cobran un precio “desproporcionado”.
En la resolución, la SIC señala que uno de sus propósitos es fortalecer la demanda de medicamentos, de forma tal que las EPS tengan mayor poder de negociación para comprar medicamentos a precios más bajos que beneficien a los pacientes. Aunque la resolución está bien concebida, suscita algunas dudas:
1. Impacto sobre los gestores farmacéuticos: Una de las finalidades del acuerdo es propiciar la eliminación de la intermediación de los gestores farmacéuticos. La intermediación puede verse como un simple sobrecosto, pero en cadenas complejas como la de los medicamentos, los gestores farmacéuticos articulan oferta y demanda, almacenan y distribuyen los medicamentos y, claro está, cobran por ese servicio. ¿Está la SIC en posición de tomar partido por las EPS en detrimento de los gestores farmacéuticos? ¿En una eventual investigación por presuntas prácticas restrictivas respecto de los gestores farmacéuticos, deberían los funcionarios que intervinieron en la Resolución 35379 de 2025 declararse impedidos?
2. Retos logísticos: Si uno de los principales objetivos del acuerdo es eliminar la intermediación de los gestores farmacéuticos, ¿están las EPS en capacidad de cumplir eficientemente las funciones de dichos gestores? Si uno de los problemas es la distribución y dispensación de ciertos medicamentos, no es claro que las EPS puedan en el corto plazo ser más eficientes en solucionarlo. Los gestores farmacéuticos surgieron como una respuesta a una necesidad de mercado y se especializaron en la distribución y otros aspectos logísticos.
3. Los precios altos: Parte del diagnóstico es que los precios que las EPS pagan a los gestores farmacéuticos son muy altos, pero ¿son los precios altos una falla de mercado? No. Si la falla de mercado es que ciertos laboratorios funcionan como una especie de monopolio, la creación artificial de un acuerdo con posibles efectos restrictivos de la competencia no necesariamente tendrá impacto en los precios y menos cuando el acuerdo es una medida temporal y que seguramente significará problemas de coordinación entre EPS. Además, si la demanda por ciertos medicamentos es inelástica, difícilmente las EPS podrán negociar un precio significativamente más bajo. Probablemente, un acuerdo tampoco tenga efecto respecto de medicamentos de bajo costo, porque los laboratorios de todos modos tendrán incentivos para distribuirlos por el canal comercial. En efecto, muchos pacientes estarán dispuestos a pagar un precio mayor si pueden obtener rápidamente el medicamento directamente de distribuidores minoristas que los compran a los laboratorios.
¿Valdrá la pena entonces? Quizás no porque todo acuerdo entre competidores implica un riesgo. Y en adición a las razones mencionadas, porque en todo caso, los problemas de raíz que enfrenta el sistema de salud son la incertidumbre y la falta de financiación.
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